[Chaco] "Los registros fueron creados hace cinco años"
Los registros por violencia de género, incluido el único, fueron creados hace cinco años
Ante el anuncio de creación de un Registro Único de casos de violencia de género realizado por el Poder Ejecutivo en los marcos de la reciente declaración de Emergencia Provincial por Violencia de Género el diputado Carlos Martínez, autor de la mayoría de las iniciativas en la materia, saludó la decisión pero recordó que dicho registro, bajo la órbita del Superior Tribunal de Justicia, ya fue creado por ley hace cinco años conjuntamente con tres registros similares, colocados estos últimos bajo la órbita de áreas ministeriales dependientes del gobierno provincial
“Me sorprende que en la declaración de Emergencia por violencia de género se hable de creación de registros. A fines del año 2010 sancionamos desde la legislatura provincial la ley 6689, de adecuación a las disposiciones de carácter procesal de la ley 26.485 de protección integral de mujeres ante situaciones de violencia, de cuyo texto soy autor, por cuyo artículo 7 se determinó la obligación del Superior Tribunal de Justicia de llevar el registro sociodemográfico de las denuncias efectuadas sobre hechos de violencia de género, debiendo especificarse , como mínimo, edad, estado civil, profesión u ocupación de la mujer que padece violencia, así como del agresor, el vínculo, naturaleza de los hechos, medidas adoptadas y sus resultados, así como las sanciones impuestas al agresor”, rememoró el diputado .
En la misma dirección, el legislador asimismo invocó , respecto a registros por violencia de género creados bajo ámbitos del Poder Ejecutivo, los antecedentes de las leyes 6521 y 6548, ambas también de su autoría, sancionadas en mayo y junio del año 2010 respectivamente.”Por artículo 7 de la primera de las normas se creó un registro único de datos bajo dependencia del Ministerio de Salud de la provincia en los marcos de las obligaciones establecidas por el Protocolo de detección sistemática de situaciones de violencia contra la mujer en la consulta médica. Registro de similares características se estableció bajo la órbita de la División Atención de la Mujer de la Policía del Chaco, conforme el artículo 11 del Protocolo de Actuación Policial ante situaciones de violencia contra las mujeres, que es la citada ley 6548”.
Sobre la misma cuestión, el legislador del bloque Libres del Sur evocó el veto, por parte de Capitanich, a la ley 6770, también de su autoría, que creó la Oficina Provincial de Atención, Asesoramiento y Asistencia a Mujeres Víctimas de Violencia.”Por artículo 5 de dicha ley, que entró en vigencia en septiembre de 2011 luego que la legislatura insistiera por unanimidad en la sanción de su texto original, se estableció la creación de un registro de carácter público sobre casos de violencia contra la mujeres así como una red de información y difusión de estadísticas sobre el tema”, precisó.
Finalmente, Martínez indicó que “ es fácil observar que los dispositivos legales tendientes a registrar los casos de violencia contra las mujeres fueron creados por leyes que tienen ya cinco años de vigencia. No tiene ningún sentido, ni aporta al tema, que se presente como novedoso algo que era obligatorio para el poder ejecutivo y para el poder judicial hace ya tiempo, incluido el deber de articulación entre ambos poderes. Por ello insistimos que la mejor forma de responder a la masiva y urgente demanda del NiUnaMenos expresada por la sociedad el último 3 de junio sigue siendo el cumplimiento en tiempo de las leyes sancionadas, ante todo por parte los actores estatales conminados a ello”.
Prensa Bloque Libres del Sur
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