Femicidios y la violencia del Poder Judicial

FEMICIDIOS Y LA VIOLENCIA DEL PODER JUDICIAL

El pasado sábado el nombre de Carla Figueroa volvió a resonar en los medios. Carla, una joven de tan solo 19 años pocos días antes había sido noticia por solicitar el avenimiento (el perdón) ante la Justicia de su ex pareja, Marcelo Tomaselli quien se encontraba condenado por haberla amendrentado y obligado a tener relaciones sexuales cuando se habían separado en los primeros meses del corriente año.

Los jueces Flores y Jensen resolvieron  otorgarle la libertad. Se casaron días antes de que saliera libre. Luego de ocho dias la asesinó.

El poder judicial otra vez actúa como legitimante de la violencia contra la mujer. Poco tiempo atrás varias organizaciones, entre ellas Las Juanas repudiamos y escrachamos por segunda vez los fallos sexistas del Juez de Casación Penal, el Dr. Piombo.

Aquella justicia que según la ley 26485 debió " Ordenar toda  medida necesaria para garantizar la seguridad de la mujer que padece violencia, hacer cesar la situación de violencia y evitar la repetición de todo acto de perturbación o intimidación, agresión y maltrato del agresor hacia la mujer", hizo oídos sordos a los mandatos de la ley y la desprotegió. La desprotegió hasta tal punto que facilitó que Marcelo cumpliera con sus amenazas y la asesinara. Permitió por su acción (mediante el avenimiento y disposición de libertad) y mediante omisión, al no ordenar las medidas necesarias, que Tomaselli ejerciera todo su poder y violencia sobre ella, incluso frente al hijo que tenían en común de apenas 3 años y frente a su madre.
La joven tiempo antes habia dado una entrevista en un programa de televisión donde expresaba que él la amenzaba con que se iba a matar, que tenía miedo, que no sabia de que era capaz Marcelo , especialmente porque tenía un hijo, y que por tal motivo había decidido volver con él .

Las amenazas a las que aludió la joven, el hecho de que tuvieran un hijo común, la posibilidad de encontrarse en la etapa de la llamada "luna de miel" en el ciclo de violencia, el hecho de que su madre hubiera sido víctima de violencia y asesinada por su padre, características propias de los casos en donde las mujeres son víctimas de la violencia machista, no fueron circunstancias tenidas en cuenta por los jueces al resolver sobre el avenimiento. Qué puede llevar a una joven a solicitar el "perdón" y la libertad de su ex pareja, quien la violentaba de distintas formas, incluso habiendo llegado a violarla? La relación de poder desigual existente entre el varón y la mujer, sin dudas.

La figura del avenimiento fue incoporada en la reforma al Código Penal en el año 1999. El esquema incorporado por la misma ubica a la familia en un ámbito privado, en el ámbito doméstico, exigiéndole al Estado la no injerencia.

 Lo que no tuvieron en cuenta los jueces al fallar, porque claramente no se cumple con los mandatos de la ley 26485 de "PROTECCION INTEGRAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LOS AMBITOS EN QUE DESARROLLEN SUS RELACIONES INTERPERSONALES" (ésta no se encuentra ni siquiera incorporada a la currícula de la Facultad de Derecho de la UNMdP), es que la misma prohibe toda instancia de conciliación y mediación en estos casos, fundado este articulo en esta desigualdad de poder existente entre la victima y el victimario. Lo que bien se podría aplicar a la figura del avenimiento fundado en los mismos motivos.

En tal sentido, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha demostrado su preocupación en el fomento de la conciliación en casos de violencia hacia la mujer,  puesto que la conciliación asume que las partes  involucradas se encuentran en igualdad de condiciones de negociación.

Asimismo, la CIDH ha expresado que "el Poder Judicial constituye la primera línea de defensa a nivel nacional para la protección de los derechos y de las libertades individuales de las mujeres y por ello la importancia de su respuesta efectiva ante violaciones hacia los derechos humanos; una respuesta idónea resulta indispensable para que las mujeres víctimas de la violencia cuenten con un recurso ante los hechos sufridos..".

Tal vez, lo que no tuvo en cuenta el femicida, es que al contraer matrimonio el homicidio se agravó "por el vínculo", figura que posibilita la condena perpetua, algo que no hubiese ocurrido si eran una pareja "sin papeles", porque aún hoy, en un país donde muere una mujer cada 30 hs. víctima de la violencia patriarcal, la figura del femicidio no se encuentra contemplada en la legislación nacional.

Las Juanas-Mar del Plata

Escribir un comentario

Sin Comentarios

Aún sin comentarios!

Sé el primero en comentar este artículo

Escribir un comentario

Sólo <a href="http://libresdelsur.org.ar/wp-login.php?redirect_to=http%3A%2F%2Flibresdelsur.org.ar%2Fnoticias%2Ffemicidios-y-la-violencia-del-poder-judicial%2F"> usuarios registrados </a> pueden comentar