Adecuación del grupo Clarín a ley audiovisual. Por M. Becerra.

La Corte Suprema de Justicia acaba de denegar dos recursos extraordinarios del Estado para que revise la medida cautelar dictada hace un año por el juez Horacio Alfonso (ver resoluciones de la Corte acá: https://docs.com/user533713/7508/csjn-recurso-de-hecho-jgm-grupo-clarin-10-11-15 y acá https://docs.com/user533713/4172/csjn-grupo-clarin-10-11-15).

Esa cautelar había suspendido la “transferencia de oficio” decidida por el gobierno para adecuar al grupo Clarín a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (aprobada por el Congreso Nacional en 2009). Con esta medida, se posterga entonces la definición de fondo de la cuestión, es decir, si el mecanismo de “transferir de oficio” activos del grupo Clarín a la ley vigente es válido o, por el contrario, si vulnera derechos del multimedios.yin-yang

 

Con la ratificación de la cautelar (por denegación del recurso extraordinario del Estado), entonces, será durante el mandato del próximo presidente (que asumirá el 10/12/2015) que se resolverá cómo y cuándo se adecua el grupo Clarín a la ley audiovisual, o incluso –versión más fatalista- si es que se adecua a la normativa. Sin embargo, hay motivos para pensar que esta cautelar, previsible, en el fondo no incomoda a ninguno de los actores que protagonizan la controvertida aplicación (o no aplicación) de la ley audiovisual al grupo Clarín.

Datos importantes a tener en cuenta:

  1. La causa en trámite no juzga la vigencia o no de la ley audiovisual. Esta materia fue saldada en octubre de 2013 por la Corte Suprema de Justicia en un contundente fallo contra el grupo Clarín (comentado acá por Gustavo Arballo https://storify.com/GustArballo#stories y acá por M. Becerra https://martinbecerra.wordpress.com/2013/10/30/sobre-el-fallo-de-la-corte-suprema-ley-audiovisual-de-octubre-2013/). Lo que está en discusión es la adecuación del grupo de medios más grande en cantidad de licencias de tv cable y las cosas no son tan simples como parecen.
  2. H. Alfonso, titular del Juzgado Civil y Comercial Federal nº1, es quien en diciembre de 2012 había fallado a favor de la plena constitucionalidad de la ley audiovisual, que luego refrendaría también la Corte (ver punto anterior). Es quien firmó la cautelar suspendiendo la “transferencia de oficio”.
  3. La medida cautelar, ratificada en febrero por la Cámara Civil y Comercial y renovada en julio por seis meses, vence en febrero de 2016 (la medida cautelar está acá: http://www.cij.gov.ar/nota-14612-Resoluci-n-del-juez-Alfonso-en-causa–Grupo-Clar-n-SA-y-otros—Demandado–Estado-Nacional-y-otro-.html).

Ahora bien, es preciso hacer precisiones sobre la cuestión de fondo. La ley audiovisual fijó límites a la concentración del mercado y topes a la cantidad de licencias. Los principales grupos como Clarín, Telefónica (Telefé) y Vila-Manzano, entre otros, debieron presentar planes de adecuación a la norma. Una vez que la Corte Suprema en 2013 avaló la constitucionalidad plena de la ley, todos los grupos presentaron sus planes y el oficialismo, que conduce y tiene mayoría en la autoridad de aplicación (AFSCA), admitió a todos ellos. Declarar admisibles los planes implica que los grupos tienen un plazo de aproximadamente un año para concretarlos. Al finalizar este proceso (que en los casos más importantes todavía no ocurrió) es que los grupos están “adecuados a la ley”. En otro texto hemos evaluado de qué modo el gobierno tuvo criterios dispares en la consideración de esos planes, lo que –esto no lo ignora ninguno de los actores de peso- tendrá consecuencias judiciales y políticas (ver https://martinbecerra.wordpress.com/2015/01/17/corpos-buenas-corpo-mala/).

El Grupo Clarín presentó su plan de adecuación, pues, a fines de 2013. El plan de Clarín buscaba sacar provecho del principio de que los multimedios pueden desafectar unidades de negocios siempre que éstas no crucen accionistas y que operen de modo separado. Este aprovechamiento está presente en las propuestas de otros grupos de medios, algunas ya aprobadas y en curso de adecuación. Si se concretaba ese plan, el grupo Clarín hubiese cambiado radicalmente su composición y su fisonomía, pues debía separar al menos su actividad periodística y de contenidos (Canal 13, radios Mitre, FM100, señal TN) de su actividad como cableoperador y proveedor de acceso a Internet (Cablevisión y Fibertel) donde está asociado a David Martínez (Fintech, que tiene el 40% de esta unidad de negocios), además de vender señales (Metro, Volver) y licencias de tv cable. Sin ser un giro copernicano en la materia, hubiera sido la primera vez en la historia latinoamericana que un gran multimedios se adecuara “voluntariamente” a una ley ratificada por los tres poderes del Estado y redujera su tamaño.

Sin embargo, en un trámite exprés en el que privó de conocimiento del expediente a algunos directores de la autoridad regulatoria, diez meses después de declarar admisible el plan de Clarín, el gobierno dijo haber descubierto súbitamente que el mismo no se encuadraba en la reglamentación de la ley. Esto, que parece un detalle, es importante: la metodología para que los grandes conglomerados mediáticos se adecuen a la norma legal no está prevista en la ley sino en su reglamentación posterior. El método consiste en que los grupos pueden adecuarse “voluntariamente” o, en su defecto, el Estado los adecuará “de oficio”. En este caso, no es el propio grupo el que propone qué licencias transferir y a quién se las vende, sino que es el propio Estado el que tasa el conjunto de activos del multimedios, les pone precio y ejecuta la venta, eligiendo además a quién y en qué condiciones realiza esa operación. Desde el cuartel general de Constitución, la conducción del grupo Clarín interpretó la “transferencia de oficio” como un intento manifiesto de desguace.

Ahora bien: al declarar la “transferencia de oficio” del grupo Clarín, el gobierno tomó una decisión que sabía que se judicializaría, es decir, que iniciaba una nueva etapa de la batalla judicial que entretuvo al gobierno y al conglomerado conducido por Héctor Magnetto durante años, y que en los hechos colocaba el desenlace de la controversia en el siguiente mandato presidencial (sin tener entonces claro quiénes iban a disputar la elección que los argentinos definirán en ballotage entre Daniel Scioli y Mauricio Macri el próximo 22/11).

Además, el procedimiento de “transferir de oficio” al grupo Clarín contrasta con la tramitación de los expedientes de otros conglomerados, a los cuales se les pidió enmiendas y aclaraciones como condición necesaria para continuar el proceso de “adecuación voluntaria”. Este “derecho” fue, pues, gestionado en forma discrecional ya que el gobierno, una vez más, dispensó un trato desigual a grupos que, según la ley, deberían recibir igual consideración, todo lo cual es aprovechado por el multimedios para victimizarse y sobreactuar su previa decisión de desatender el respeto por la ley audiovisual.

De manera que la “transferencia de oficio” reactivaba la escalada del conflicto entre el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner y el grupo Clarín iniciado tras la ruptura de las excelentes relaciones cultivadas durante la gestión presidencial de Néstor Kirchner (que culminó en su último día de mandato el 7 de diciembre de 2007 avalando la fusión de Cablevisión y Multicanal). La “transferencia de oficio” fue una fuga hacia adelante a la que son tan afectos los principales actores políticos y económicos argentinos. La judicialización posterior estaba, pues, escrita y la ratificación de la cautelar por la Corte Suprema se inscribe en esa historia.

Por supuesto, el Poder Judicial, lejos de ser prístino, también juega políticamente administrando sus tiempos vaticanos y dosificando fallos y recursos. No es cierto es que haya beneficiado sólo a uno de los dos contendientes en la causa Clarín aunque es verdad que permite al grupo arribar al escenario de fin de mandatos kirchneristas sin alterar su estructura de propiedad.

¿Por qué las conducciones del Poder Ejecutivo y la cúpula del Poder Judicial, teniendo intereses y posicionamientos supuestamente contrarios –anche antagónicos-, sirven en bandeja al futuro presidente la resolución de un entuerto que protagonizó parte de la agenda política reciente? Quizá porque el primero elige capitalizar en lo inmediato la más redituable resistencia del holding y su narración de haber combatido al “monopolio”, mientras que el segundo mantiene –con la cautelar vigente- una (entre varias) prenda valiosa de negociación con poderes formales (PEN) y fácticos (Clarín) en la Argentina poskirchnerista.

Con la judicialización el gobierno y el grupo Clarín de modo directo, y otros conglomerados mediáticos de modo indirecto, tienen una coartada funcional a la falta de aplicación de la ley audiovisual (por parte del gobierno: ver balance del sexto aniversario de la norma acá https://martinbecerra.wordpress.com/2015/10/09/recalculando-seis-anos-de-la-ley-audiovisual/) y a la decisión de no respetarla, de eludir la contradicción entre representar el interés de “la gente” y ejercer prácticas oligopólicas que terminan subordinando el ejercicio periodístico a la lógica de trinchera (en el caso de Clarín).

Martín Becerr

Publicado en: https://martinbecerra.wordpress.com/2015/11/12/cautelar-win-win-win-adecuacion-del-grupo-clarin-a-la-ley-audiovisual/