Deberán suministrar anticonceptivos
Iniciativa de Libres del Sur
Deberán suministrar anticonceptivos de emergencia
La Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco aprobó este miércoles un proyecto de autoría del Bloque Libres del Sur que habilita a médicos y centros de salud a suministrar anticonceptivos de emergencia en el marco del “Programa de Educación para la Salud y Procreación Humana Responsable para la Provincia del Chaco”.
La iniciativa, explicó el diputado Martínez, “permite a los Centros de Salud públicos y privados, a realizar la prescripción y el suministro de métodos de Anticoncepción Hormonal de Emergencia aprobados por las autoridades sanitarias nacionales”. El legislador se refirió a las discusiones que suelen surgir en torno a este método y recordó que “los estudios científicos internacionales más recientes demuestran que la hormona “levonorgestrel”, materia activa de la píldora, no funciona como una sustancia abortiva bajo ningún estándar médico ya que si se ha producido la fecundación al momento de la toma, no daña al embrión”.
Martínez agregó que “la Organización Mundial de la Salud y la Federación Internacional de Obstetricia y Ginecología concuerdan en cuanto a la cualidad no abortiva de este método, por lo que en este caso no se aplicaría la figura del “objetor de conciencia” para su prescripción”. El diputado destacó también que en los tratados internacionales con rango constitucional los derechos sexuales y reproductivos tienen estatuto pleno como Derechos Humanos Elementales, esenciales para el bienestar individual, interpersonal y social.
“Garantizar el acceso oportuno, fácil y de bajo costo a la anticoncepción de emergencia puede reducir no sólo el índice de embarazos no deseados sino también el de abortos clandestinos, la mortalidad materna y la mortalidad infantil ya que se pueden usar en todas aquellos casos de acto sexual no protegido (por fallas en los método utilizados) o en hechos de violencia física o psicológica como la violación” explicó Martínez, y agregó “si consideramos que el Estado es el máximo garante del derecho a la Salud, esta legislación implica una adecuación necesaria a esa responsabilidad y un avance considerable en materia de normativa”.
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