[Mendoza] La diputada Cousinet y el acceso a la información pública
Ley de Acceso a la Información Pública
“La Autoridad de aplicación debe tener Autonomía del Ejecutivo”
En el debate por la Ley de Acceso a la Información Pública que se lleva a cabo en la Cámara de Diputados de la Nación, Graciela Cousinet, diputada de Libres del Sur por Mendoza, anticipó que su bloque acompañará la sanción de la Ley pero dijo que tienen“algunas objeciones”, las que fueron puntualmente mencionadas.
“Si bien estamos de acuerdo con tener por fin una Ley de Acceso a la Información Pública porque sabemos que la transparencia de los actos de gobierno es sin duda la esencia de la República, creemos desde el bloque de Libres del Sur que debemos introducir los siguientes cambios a la propuesta del dictamen de la mayoría.
“En ese sentido, y en primer lugar, Cousinet resaltó que el derecho a la información es un derecho humano. “Creemos que tal como lo establece la LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA de México deberíamos incluir un párrafo que estableciera que el Acceso a la Información Pública es un derecho humano. También vemos la necesidad de puntualizar en que la Autoridad de Aplicación de la Ley tenga Autonomía del poder Ejecutivo”.
Cousinet también destacó que la categoría de “información secreta debería ser eliminada de esta Ley”. Además dijo que es innecesario el pedido de identificación personal para solicitar información pública. En cualquier caso, debe brindársele al solicitante el número de expediente o cualquier otra constancia correspondiente a su pedido.
Sobre la Incidencia Colectiva dijo específicamente que en el artículo 4to debería decir: “Toda persona física o jurídica, pública o privada, tiene derecho, en forma individual o colectiva y sin discriminación alguna, a buscar, descubrir, acceder, solicitar, recibir, analizar, copiar, reutilizar y redistribuir información que esté en poder, custodia, o bajo control de los sujetos obligados establecidos en presente ley, sin necesidad de invocar un derecho subjetivo o interés legítimo, ni contar con patrocinio letrado. Los sujetos obligados, deben, a su vez, proporcionar la información en forma completa, veraz, adecuada, oportuna y en los términos de esta ley.”
Finalmente la diputada pidió por la Gratuidad de la información y la necesidad de que sea entregada en un formato accesible y comprensible, y abierto cuando este tipo de formato esté disponible: “Creemos que hay que modificar el artículo 5º que establece que la información solicitada será brindada en el “estado en el que se encuentre al momento de efectuarse la solicitud, no estando obligado el sujeto requerido a procesarla o clasificarla”.
“Si este artículo no se modifica la entrega de la información no quedará sujeta a la mera discreción del funcionario a cargo de responder un pedido”.
Prensa Bloque Libres del Sur - Mendoza