[Mendoza] Aprueban Ley Acceso a la Información Pública de Mancinelli-García

Por Sen. Ernesto Mancinelli / Mendoza noviembre 21, 2017 23:18

[Mendoza] Aprueban Ley Acceso a la Información Pública de Mancinelli-García

Senado aprobó Ley Acceso a la Información Pública

El proyecto de ley de Acceso a la Información Pública y Transparencia de los senadores Ernesto Mancinelli (LDS) y Daniela García (UCR) fue aprobado por unanimidad en la sesión de la Cámara de Senadores y pasará a la Cámara de Diputados.

"El acceso a la información pública mejora la calidad de las instituciones y fortalece la democracia. Esperamos aprobar esta ley que cuenta con amplio consenso", expresó el senador Mancinelli y agregó que "el ciudadano debe contar sí o sí con información de calidad y utilidad"

El proyecto trabaja sobre dos conceptos: el primero, es el Acceso a la Información, que es el derecho del ciudadano de solicitar datos. El segundo aspecto es el de Transparencia Activa, que es la obligación del Estado de publicar en forma proactiva la información.

Algunos puntos del proyecto

  • Derecho a solicitar y acceder a la información pública no siendo necesario acreditar interés legítimo ni derecho subjetivo.
  • Debe ser mediante procedimientos sencillos, promoviendo el uso de las tecnologías de la información y comunicación.Promueve la rendición de cuentas de todas las instituciones y dependencias públicas
  • Promueve la participación ciudadana en el control de la gestión del Estado y la fiscalización ciudadana al ejercicio de la función pública.
  • La información pública es gratuita. No deberá haber costo alguno, salvo una simple copia del documento o su costo de reproducción.
  • La solicitud de acceso a la información podrá ser realizada por vía electrónica y/o escrita con el personal referente que entienda de la información solicitada, no siendo necesario que el solicitante exprese los motivos de su presentación.

Publicación activa

Obligación de los organismos y funcionarios públicos de  publicar en forma periódica y actualizada la información cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y control de la actuación pública.

Deben hacerlo en las sedes electrónicas o páginas web y de una manera clara, estructurada y entendible para los interesados y, preferiblemente, en formatos reutilizables. Se establecerán los mecanismos adecuados para facilitar la accesibilidad, la interoperabilidad, la calidad y la reutilización de la información publicada así como su identificación y localización.

Creación de un Portal de la Transparencia

La Administración General del Estado desarrollará un Portal de la Transparencia que contendrá información publicada de acuerdo con las prescripciones técnicas que se establezcan reglamentariamente y que deberán adecuarse a los siguientes principios:

El Portal de la Transparencia contendrá información publicada de acuerdo con las prescripciones técnicas que se establezcan reglamentariamente que deberán adecuarse a los siguientes principios:

a) Accesibilidad: se proporcionará información estructurada sobre los documentos y recursos de información con vistas a facilitar la identificación y búsqueda de la información.

b) Interoperabilidad: la información publicada será conforme a las normas técnicas de interoperabilidad.

c) Reutilización: se fomentará que la información sea publicada en formatos que permita su reutilización.

PROYECTO acceso información (2)Prensa Senador Ernesto Mancinelli

Bloque Libres del Sur


Por Sen. Ernesto Mancinelli / Mendoza noviembre 21, 2017 23:18