Situación de calle en la Ciudad de Buenos Aires

Situación de calle en la Ciudad de Buenos Aires

Cada vez son más las personas, y familias, en situación de calle en la Ciudad de Buenos Aires. Basta recorrer de día o de noche no sólo las principales plazas y avenidas, sino también las calles de los barrios menos céntricos para encontrarse con personas jóvenes o ancianas, hombres o mujeres, incluso niños y niñas, en la situación vulnerable de dormir o estar en la calle sin acceso a la protección de un techo, comida caliente, higiene, intimidad.

La Ley 3706 de Protección y Garantía Integral de los Derechos de las Personas en Situación de Calle y en Riesgo a la Situación de Calle fue votada en la Legislatura porteña en el año 2010 y reglamentada el año pasado luego de un veto parcial a su artículo 5 referido al uso igualitario y no discriminatorio del espacio público en la Ciudad. La Ley 3706 que fue elaborada a partir del trabajo de distintas organizaciones sociales y ONGs con experiencia en la temática, plantea derechos y garantías para quienes atraviesan una situación de alta vulnerabilidad social. El principal logro de la Ley 3706 es la definición misma de las personas a quienes debe estar destinada una política pública y programas específicos. Se define como “personas en situación de calle” a hombres, mujeres y familias que transitoria o permanentemente estén en calle utilicen o no la red de alojamiento nocturno; y como “personas en riesgo a la situación de calle” a quienes puedan egresar de alguna institución mientras se encuentren en vulnerabilidad habitacional (caso psiquiátricos), a quienes tengan resolución administrativa o sentencia judicial de desalojo, a quienes habitan en asentamientos sin acceso a servicios o en condiciones de hacinamiento.

Aunque la Ley 3706 incluye como destinatarios de las políticas públicas a personas en situación de emergencia habitacional, el presupuesto destinado para el área de Atención Inmediata dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Ciudad básicamente se destina a sostener los hogares y paradores coordinadamente con programas como Buenos Aires Presente o el Operativo Frío, que resultan insuficientes, y muchas veces inadecuados, para atender la creciente demanda de las personas en situación de calle. De hecho el Gobierno porteño, desconociendo la definición de la Ley 3706, reconoce que son unas 800 las personas en situación de calle efectiva en la Ciudad, mientras que las organizaciones del sector multiplican por veinte esta cifra: tanto la ONG Médicos del Mundo como Proyecto 7 sostienen que la cifra de personas en situación de calle supera las 16000 personas. También plantea la Ley 3706 que las políticas de salud, educación, vivienda, trabajo, esparcimiento y cultura destinadas a las personas en situación o en riesgo de calle deben articularse inter-jurisdiccionalmente para su diseño y ejecución. Como en otros aspectos de las políticas urbanas esta coordinación con la Provincia de Buenos Aires y la Nación no se realiza.

Desde la Comisión de Políticas Sociales y Economía Social del Consejo Económico y Social de la Ciudad de Buenos Aires, organismo consultivo y con iniciativa parlamentaria, estamos analizando la aplicación de la Ley 3706 a través de las políticas públicas que se están llevando adelante en la Ciudad referidas a las personas en situación de calle. Para llevar adelante esta tarea estamos acercándonos a distintas organizaciones del sector como Médicos del Mundo, Proyecto 7 (Hogar Monteagudo), Fundación Sí,  entre otras, comprometidas con la temática.

Laura González Velasco
Coordinadora Comisión Políticas Sociales y Economía Social- (Consejo Económico y Social)- Referente Libres del Sur en UNEN Ciudad de Buenos Aires

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