[Salta] No criminalizar vs. perpetuar la legitimidad de la prostitución. Aportes a una discusión vigente.

En nuestra ciudad de Salta se acaba de sancionar una reforma al Código Contravencional que, entre otros puntos, despenaliza el ofrecimiento de sexo en la vía pública siempre que se realice en lugares permitidos para ello, es decir en una delimitada “zona roja”.

Al respecto, surgieron diversas voces. Por un lado, las Mujeres Trans Autoconvocadas, que solicitan la derogación de esas normas del Código porque consideran que vulnera sus derechos en virtud de que muchas de ellas ejercen la prostitución, por otro, el Concejo Deliberante desde donde se está trabajando en reuniones y encuentros para abordar el tema.

En este contexto, una de las opiniones que da origen a estas líneas es de un Concejal que argumentó que “Habría que buscar un lugar, llamalo bar, cabaret, o lo que sea, y que estén todas ahí y que la gente vaya y consuma sus servicios, porque la prostitución existirá siempre. Pero que esté reglamentado y sea seguro, porque lo clandestino tampoco sirve”.

Para explicar mi postura en contestación al argumento señalado, voy a seguir a Rosa Cobo Bedía[1] (2006) en la siguiente afirmación: hay que distinguir analíticamente entre mujeres prostituidas y la prostitución. Mientras que las primeras ejercen la prostitución por necesidad y/o como forma de ganarse la vida, la prostitución constituye una forma de ejercicio de poder de varones hacia mujeres bajo la apariencia de “contrato sexual”.

Hay que llamar la atención, entonces, cuando, so pretexto de proteger a las mujeres en situación de prostitución, se tiende a perpetuar la legitimidad de la prostitución como práctica cotidiana del consumo sexual del cuerpo de mujeres por parte de varones.

Una cosa es no criminalizar a las mujeres, una cosa es respetar aquello que ellas enuncian como la actividad que de hecho están eligiendo desarrollar como medio de vida y a partir de ahí, implementar de mínima políticas de reducción de daños o de máxima políticas públicas para ofrecer otras alternativas laborales u ocupacionales, u otras medidas que tiendan a mejorar su situación socio-económica, partiendo de la base de considerar que tras la “decisión” de prostituirse hay situaciones diversas de vulneración de derechos tales como pobreza, inmigración ilegal, bajo nivel educativo, discriminación por orientación sexual, entre otras.

Otra cosa muy distinta es valerse de esta realidad para eternizar y legitimar esta práctica que la enorme mayoría de las veces involucra múltiples tipos de violencia: física, sexual, económica, psicológica, simbólica, y que constituye, por tanto, una violación a derechos humanos que el Estado tiene la obligación de evitar.

Es un debate muy complejo, por cierto. Sin embargo, resulta imperioso abordarlo profundizando el análisis desde una perspectiva de género, ya que de no hacerlo, se puede caer en un razonamiento sesgado y por ende, desobedecer las normas vigentes sobre erradicación de todas las formas discriminación y todas las formas de violencia contra las mujeres.

María Laura Postiglione.
Directora del Observatorio de Violencia contra las Mujeres de Salta.

[1] Doctora en Ciencias Políticas y Sociología, Profesora de Sociología en la Universidad de A Coruña.