"Vayas donde vayas, tenés derechos"

 

"Vayas donde vayas, tenés derechos"
0800 contra la discriminación

La Oficina de Derechos Humanos, dependiente de la Secretaria General de la Municipalidad de Rosario, impulsa acciones que apuntan a la difusión, defensa y respeto de valores igualitarios e inclusivos. En este marco, promovemos la campaña: “Vayas donde vayas, tenés derechos”, sostenida por la ordenanza 6.321 y sus modificatorias.

La ordenanza citada reglamenta el libre acceso y permanencia en locales comerciales y espectáculos públicos apuntando al fortalecimiento de políticas locales que combatan la discriminación, la xenofobia y el racismo. A través de la misma, el municipio se compromete a establecer mecanismos administrativos que le permitan recepcionar denuncias por casos de discriminación y recoger los testimonios y pruebas, a través del Tribunal Municipal de Faltas.

Según la ordenanza 6.321 "en la ciudad de Rosario se reconoce y garantiza el derecho a ser diferente, no admitiéndose discriminaciones que tiendan a la segregación, exclusión, restricción o menoscabo por razones o con pretexto de raza, etnia, género, orientación sexual, identidad de género, edad, religión, ideología, opinión, nacionalidad, caracteres físicos, condición psico física, social, económica, o cualquier circunstancia que implique distinción".

Dentro de las acciones a ejecutar desde la Oficina de Derechos Humanos, en el espacio local, se destaca la campaña “Vayas donde vayas, tenés derechos” que consiste en la difusión de materiales comunicacionales para sensibilizar y movilizar a la ciudadanía, en procura de hacer valer sus derechos y garantías y la distribución de un afiche de colocación obligatoria en lugares visibles en comercios y espectáculos públicos.

Implementación de la ordenanza

La Guardia Urbana Municipal (GUM) ha dispuesto la línea telefónica 0800-444-0909, con la finalidad de recepcionar denuncias en casos de discriminación enmarcadas en la ordenanza 6321 y sus modificatorias.

En caso que el acto discriminatorio esté sucediendo en el momento de la llamada, personal de la Guardia Urbana Municipal podrá intervenir para mediar en la situación y labrar el acta correspondiente en caso de ser necesario. Todas las denuncias recepcionadas serán derivadas al Tribunal de Faltas, que las evaluará, citará a las partes y dictará un fallo en cada caso. El juez actuante convocará a las audiencias a la Oficina Municipal de Derechos Humanos y/o al área municipal que estime conveniente, cuando corresponda, a fin de que su representante intervenga en el procedimiento con facultades para proponer preguntas y medidas de prueba.

Tomados los testimonios y diligenciadas y cumplimentadas las demás medidas, previo al dictado de la sentencia, las actuaciones serán giradas al INADI a fin de que se emita un dictamen.

Sanciones

De acuerdo al Código de Faltas 604.8, todo acto de discriminación por razones o con pretexto de raza, etnia, género, orientación sexual, identidad de género, edad, religión, ideología, opinión, nacionalidad, caracteres físicos, condición psicofísica, social, económica o cualquier circunstancia que tienda a la segregación, exclusión o menoscabo o que implique distinción; llevado a cabo en espectáculos o lugares abiertos al público, bares, confiterías y discotecas, o cualquier otro lugar con atención y/o acceso al público, en forma explícita o a través de un ejercicio arbitrario del derecho de admisión, será sancionado con multas económicas y/o cierre del local hasta los 180 días.

 

Dir.Gabriela Sosa 
Oficina de Derechos Humanos
Secretaría General
Municipalidad de Rosario 

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