Urgente tratamiento ley emergencia por violencia

En la nota se solicita el tratamiento urgente de una ley de emergencia por violencia contra las mujeres

Victoria Donda y jefes de bloque presentaron nota a Dominguez por violencia de género.

La diputada de Libres del Sur, Victoria Donda, junto a los presidentes de los bloques de la UCR, Mario Negri; del Partido Socialista, Juan Carlos Zabalza; del GEN, Margarita Stolbizer; de Unidad Popular, Claudio Lozano; del FIT, Nicolás del Caño y Néstor Pitrola; de Proyecto Sur, Alcira Argumedo, presentaron hoy una nota dirigida al presidente de la Cámara de Diputados, Julián Domínguez, solicitándole que de forma urgente se trate en la cámara una ley de emergencia pública en material social por violencia contra las mujeres.

“El objetivo de tratar esta ley de emergencia pública tiene como objetivo primordial paliar y revertir el número de víctimas por violencia de género en todo el territorio nacional”, explica la legisladora en la nota, que contempla en nueve puntos las bases para lograr dichos objetivos.  

 
Prensa Victoria Donda diputada nacional
Movimiento Libres del Sur en el Frente Amplio UNEN

 

Reproducimos la nota presentada:

 

Buenos Aires, 25 de septiembre de 2014.-

 

Señor Presidente de la H. Cámara de Diputados de la Nación

Dip. Dr. Julián Domínguez

S                     /                       D

 

De nuestra consideración:

 

Nos dirigimos a Ud. a fin de solicitarle que por su intermedio la Honorable Cámara de Diputados de la Nación de cuenta de la dramática situación que atraviesa nuestro país con respecto a los casos de femicidios y de violencia contra las mujeres.

 

Día tras día un caso se suma al anterior, hoy es el caso de la joven de Lanús, ayer fue el de la joven Melina Romero, unos días antes nos asombraba el de Paola Acosta en Córdoba, y así, podríamos nombrar una gran cantidad muertes evitables que han tomado estado público.

 

Si bien no hay estadísticas oficiales al respecto, la Asociación Civil “La Casa del Encuentro” a través de su Observatorio de femicidios en Argentina “Adriana Marisel Zambrano" que hace un permanente relevamiento sobre los casos de difundidos a través de los medios públicos  revela que cada 30 horas en nuestro país muere una mujer por violencia de género

 

Por lo tanto, aunque consideramos que la Ley 26.485 de Protección Integral a las mujeres ha sido un gran avance, aún estamos lejos de dar una respuesta satisfactoria al problema.

 

Por esta razón, cuando esta Cámara se dispone a tratar la Ley de Presupuesto para el año 2015, creemos que es el momento adecuado para dar una respuesta concreta ante este flagelo que viven nuestras mujeres en todo el territorio nacional.

 

Es necesario que el Estado enfrente esta grave situación con políticas públicas efectivas que aborden la problemática de manera integral, pero también es imprescindible que dé respuestas inmediatas para que las víctimas puedan denunciar, ser acogidas en refugios, tener contención psicológica y recibir apoyo económico.

 

Por ello, los presidentes de los bloques legislativos abajo firmantes solicitamos que se trate en forma urgente en el recinto de esta Cámara una Ley de  Emergencia Pública en materia Social por Violencia contra las Mujeres, que contemple las bases que se especifican seguidamente, las que tienen como objetivo primordial paliar y revertir el número víctimas por violencia de género en todo el territorio Nacional:

 

a)    Implementar la Ley 26.485 de "Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales";

 

b)    Poner en funcionamiento el Plan Nacional de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, según lo establecido en artículo 9° de la Ley 26.485;

 

c)    Conformar en todo el territorio nacional, unidades especializadas que brinden los servicios indispensables para proporcionar a las mujeres víctimas de violencia de género, atención gratuita en las áreas psicológica, sanitaria, social, laboral y jurídica;

 

d)    Establecer en todo el territorio nacional, una red de contención social y sanitaria entre el Estado y organizaciones no gubernamentales especializadas en violencia de género;

 

e)    Implementar en todo el territorio nacional, Programas de autovalimiento de la mujer víctima de violencia, ya sea a través de la incorporación de acompañantes comunitarios y/o dispositivos de emergencia de seguridad;

 

f)     Crear e implementar en todo el territorio nacional residencias para mujeres víctimas de violencia de género y sus hijos/as como instancias de tránsito para la atención y albergue, en aquellos casos en que la permanencia en su domicilio implique una amenaza a su integridad física, psicológica y/o sexual;

 

g)    Brindar en todo el territorio nacional, acceso gratuito, rápido, transparente y eficaz en los servicios sanitarios, legales y socio-laborales que asisten a las mujeres víctimas de violencia de género;

 

h)   En todos los casos y aún en los registros que las autoridades públicas puedan implementar, se deberá preservar y resguardar la identidad de la víctima, a fin de evitar con ello una exposición al flagelo social;

 

i)     Facultar al Poder Ejecutivo Nacional a disponer y reasignar las partidas presupuestarias necesarias para afrontar la emergencia que se declara por la presente, las que tendrán como finalidad la prevención y tratamiento de la violencia contra las mujeres.

           

Sin otro particular saludamos a Ud. muy atte.

 

 

 

Escribir un comentario

Sin Comentarios

Aún sin comentarios!

Sé el primero en comentar este artículo

Escribir un comentario

Sólo <a href="https://libresdelsur.org.ar/wp-login.php?redirect_to=https%3A%2F%2Flibresdelsur.org.ar%2Fnoticias%2Furgente-tratamiento-ley-emergencia-por-violencia%2F"> usuarios registrados </a> pueden comentar