Por: Santiago Martínez*
La ley de Servicios de Comunicación Audiovisual surgió de un proceso digno de recordar, sustituyendo el decreto ley de la dictadura, modificado por el menemismo, que dejó un mapa de medios audiovisuales con un alto nivel de concentración y oligopolios.
“La Argentina está sentando un precedente muy importante. No sólo en el contenido de la ley, porque el proyecto original que vi es lo más avanzado que hay en el mundo en ley de telecomunicaciones, sino además en el procedimiento que se siguió, el proceso de consulta a nivel popular. Me parece que esta es una ley realmente consultada con su pueblo”, afirmó en el momento de la aprobación de la ley 26522 Frank La Rue, Relator de Libertad de Opinión y Expresión de las Naciones Unidas (ONU)
Si bien se aprobó con el objetivo de lograr mayor pluralismo y desconcentrar las comunicaciones en el espíritu de los 21 puntos por la Radiodifusión democrática, muchos de los avances institucionales que propuso -luego de casi tres años- se encuentran estancados por falta de voluntad política del partido de gobierno (PJ-FPV).
Dentro de los cambios institucionales que venía a incorporar la Ley 26522, los más novedosos eran: la creación de una Comisión Bicameral (8 diputados y 8 senadores) que controle su seguimiento, la conformación de una autoridad de aplicación con participación de la oposición parlamentaria y la creación de la figura del defensor del público.
La Comisión Bicameral para el seguimiento de la LSCA sólo funcionó el 10 de diciembre de 2009 y de allí nunca más. El oficialismo objeta que entre el 10/12/2009 y el 10/12/2011 no tenía la mayoría suficiente pese a ser siempre la primer minoría por amplísimo margen. Desde diciembre de 2011 el FAP es la tercera fuerza legislativa y viene reclamando su lugar, al igual que la UCR que antes no quería integrarlos y cambió su posición. El hecho es que ya ha transcurrido más de medio 2012 sin que se muestren serias intenciones de convocar esta comisión que es la que tiene que proponer los/las directores en el Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual y en RTA (Radio y Televisión Argentina, Canal 7 y Radio Nacional) por parte de la segunda y tercera fuerza de la oposición parlamentaria. Actualmente hay dos directores en el AFSCA y dos directores en RTA que corresponden a la oposición parlamentaria y que están vacantes debido a que no funciona la Comisión Bicameral que los tiene que designar.
Es la misma Comisión Bicameral quien debe proponer al defensor del público. Una institución que logró el entusiasmo por parte importante de los sectores que impulsaron la nueva ley de medios, pero que nunca se concretó. Dejando vacante el contralor de la aplicación del sistema de medios por parte de la sociedad civil. Algunas de sus funciones son:
- Recibir y canalizar las consultas, reclamos y denuncias del público de la radio y la televisión y demás servicios regulados por la LSCA.
- Llevar un registro de las consultas, reclamos y denuncias presentados por los usuarios en forma pública o privada y a través de los medios habilitados a tal efecto;
- Convocar a las organizaciones intermedias públicas o privadas, centros de estudios e investigación u otras entidades de bien público en general, para crear un ámbito participativo de debate permanente sobre el desarrollo y funcionamiento de los medios de comunicación.
- Realizar un seguimiento de los reclamos y denuncias presentados e informar a las autoridades competentes, a los interesados, a la prensa y al público en general sobre sus resultados y publicar sus resultados.
Otro aspecto a tener en cuenta es poco claro el cumplimiento de la ley (artículo 41) en el caso de venta de Radios AM y FM, teniendo en cuenta la multiplicidad de licencias y la autorización previa del AFSCA para aprobar dichas transacciones comerciales. Esto se observó recientemente en difusa venta del Grupo Hadad (C5N, Radio 10 y 4 FM) al grupo INDALO de Cristóbal López, también en la venta de FM Garfunkel y Moneta (FM Rock & Pop, Metro y Blue, Rock & Pop Mar del Plata, AM Belgrano y Splendid)
A ello se suman las dificultades que llevaron a anular el concurso de 220 señales de TV digital. En el caso del sector sin fines de lucro, uno de los motores y causas de la LSCA, por el elevado valor de los pliegos y sin contemplar una política de fomento de este sector.
Otro punto poco claro es el uso indiscriminado de la cadena oficial (artículo 75), cuando el texto de la ley es claro, hay un uso discrecional por parte del ejecutivo.
La misma discrecionalidad se aplica cuando se utiliza asignación de la publicidad oficial en forma arbitraria, sin informar a quienes se les otorga, cuales son los mecanismos y en qué cantidad.
Si bien es cubierto que la publicidad privada es mucho más grande que la publicidad estatal. El gobierno utiliza recursos públicos por los cuales debe rendir cuenta. Además por parte del estado nacional marca una pauta para los estados provinciales y municipales. La publicidad oficial no puede ser botín de guerra de un partido político por sobre los intereses del estado administrándola sin ningún tipo de equidad ni transparencia.
Por último es confuso el proceso de digitalización de la televisión, logrando instalar importante cantidad de decodificadores de la TDA en todo el país. Desde ya que todas las señales públicas deben ser retransmitidas como establece la propia LSCA. Pero, no quedan claros los criterios adoptados para establecer la transmisión de señales. Porque sin concurso, en forma experimental desde hace dos años algunas señales privadas pueden acceder en forma arbitraria a ser retransmitidas por TDA y otras no.
Si bien estos últimos puntos no se encuentra en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Es la misma impronta la que determina las intencionalidades antes descriptas para no implementar una ley en la que muchos y muchas militamos, difundimos, creímos y creemos para lograr que se desmonopolice el uso de la palabra y se puedan escuchar todas las voces.
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