[Corrientes] Exigen al Municipio que respete el desarrollo de actividades artísticas callejeras
Al orden del día para la sesión de este jueves en el Concejo Deliberante de la Ciudad de Corrientes, ingresó un proyecto de resolución propuesto por el Concejal de Libres del Sur, Gabriel Romero. A través del mismo, el edil solicita al Ejecutivo Municipal instruya al área competente, que los inspectores que controlan la vía pública “deberán respetar” el desarrollo de las actividades de artísticas callejeros en arterias de la ciudad.
En un segundo artículo, establece que es necesario aclarar que a esas actividades artísticas no resultan aplicables las prescripciones de la Ordenanza 569 y sus modificatorias que regulan actividades comerciales, y no a las artísticas. Se trata de un proyecto que incluye a músicos, bailarines, mimos, actores, coros, elencos teatrales, titiriteros, estatuas vivientes, payasos, artistas plásticos, entre otras manifestaciones.
Para Romero, la actividad artística debe entenderse como cualquier representación manifestada a través de los distintos lenguajes artísticos que constituyen un espectáculo y/o una obra de arte desarrollada por intérpretes en forma directa y presencial, compartiendo un espacio común con los espectadores.
Sin ser excluyente, la actividad de los artistas urbanos se desarrolla con frecuencia sobre la Peatonal Junín, así como en otros espacios de aglomeración humana. Dichas actividades artísticas son propias, distinguen y caracterizan tanto a Corrientes como a numerosísimas ciudades del país y del mundo.
Asimismo, el edil puso énfasis en el perfil turístico de la Ciudad de Corrientes, el cual debe coincidir con el fomento y promoción de este tipo de actividades, y sostuvo que estas actividades artísticas se desarrollan “sin cobro de emolumento alguno, sin contraprestación alguna por parte del público, el que a lo sumo puede colaborar o no, según su libre voluntad”.
Sin embargo, en las últimas semanas, inspectores municipales procedieron a intimar el levantamiento de actividades artísticas que se desarrollaban sobre Junín Peatonal y procedieron “incorrectamente” con fundamento en lo establecido en la Ordenanza 569 y sus modificaciones.
Por ello, Romero entendió que corresponde al Concejo Deliberante, como intérprete auténtico de las ordenanzas vigentes, aclarar que dicha Ordenanza 569 no puede aplicarse a actividades como las artísticas que se desarrollan en la vía pública, puesto que de la lectura atenta de dicha norma, surge que lo que se regula es todo lo relativo a la ocupación de la vía pública referido siempre a actividades de carácter “comercial” y en sus diferentes títulos reglamenta la “venta ambulante” ,”comercialización de frutas y verduras” , “ubicación de mesas y sillas en la vía pública”, “ubicación de kioscos en la vía pública”.
El elemento diferencial, puntualiza el concejal de Libres del Sur, es que los artistas “no venden nada” sino que efectúan sus manifestaciones artísticas sin contraprestación obligatoria alguna, de cara al público, el que puede o no colaborar con los mismos. Y agregó que es oportuno establecer que en el caso de que la actividad artística implique el uso de instrumentos de amplificación sonora “la misma deberá sí tramitarse el correspondiente permiso y cumplir con las normativas vigentes”.
Por otra parte, apeló a la responsabilidad del Concejo Deliberante de promover las manifestaciones artísticas que se desarrollen en esta ciudad, así como bregar la correcta aplicación de las normas municipales (art. 29, inciso 40, de la Carta Orgánica Municipal).